jueves, 16 de diciembre de 2010

Terra - Nueva ley de femicidio considera ex parejas y exculpar por defensa propia - Carolina Schmidt (Sernam) Zona Mujer

Terra - Zona Mujer, por Rosa María Espinoza, Santiago, 15/12/2010.-


Ministra Schmidt explica los cambios fundamentales que trae la promulgación de esta nueva ley y que considera además una mayor protección para las mujeres y la revisión de todo el historial de violencia intrafamiliar. Las penas para homicidios contra mujeres ahora serán de al menos 40 años.

Una nueva ley que tiene por objetivo contribuir a atacar los altos niveles de violencia intrafamiliar en nuestro país, es la que promulgó el gobierno el pasado martes y que implica grandes cambios en la tipificación del delito de asesinato contra una mujer, además de otras importantes y radicales consideraciones, que buscan evitar estos homicidios, pero también proteger el entorno de las víctimas.

La ministra del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Carolina Schmidt, explicó a Terra.cl los alcances de esta nueva legislación, destacando que no solamente se tipifica el delito de asesinato de una mujer por parte de una pareja o ex pareja, como femicidio, igualando la máxima pena legal dentro de nuestra legislación la pena del parricidio, lo que implica al menos 40 años de prisión.

“Aquí lo importante es que esta ley, adicionalmente a la tipificación del delito de femicidio y la inclusión de las ex parejas como autores de este delito, es que generas una serie de modificaciones adicionales tanto a la ley de violencia intrafamiliar, como al código penal”.

Las modificaciones de las que habla la ministra se pueden agrupar en tres grandes áreas, que ella misma describe:

“La primera, es implementar las medidas de protección a las víctimas y eso implica la obligación que se le entrega a los tribunales de familia, para implementar de manera inmediata las medidas colaterales y de prevención a las víctimas de violencia, sin tener que esperar, como hasta el día de hoy, que se derive la causa a los tribunales o al Ministerio Público para que puedan poner estas medidas y también alargar los plazos de cautelares. Esto es muy importante porque desgraciadamente las situaciones de violencia de este país son de relaciones por periodos muy prolongados en el tiempo”.

“Una segunda área es que las agresiones que hasta el día de ayer eran consideradas no como un delito, sino como parte de una relación, gracias a esta ley serán consideradas delito. Un ejemplo de estas agresiones, son por ejemplo aquellas que los conyugues realizan a los bienes en común. Es muy clásico que los hombres que destruyan las fuentes de ingresos de la mujer, como la máquina de coser o incluso las casa y esto hasta ayer no era un delito porque se consideraba un daño patrimonial entre conyugues. Era un bien común, entonces no se podía sancionar y eso se cambia con esta ley”.

La tercera y muy importante modificación, “es que la nueva ley considera un exculpante de responsabilidad cuando la persona ha obrado para defender su integridad o la de otros miembros de la familia y se ha visto en una situación de peligro. Esto implica reconocer la historia previa de violencia intrafamiliar de la familia, como una posibilidad exculpante en una agresión. Está el caso tan duro que hemos visto en nuestro país, como la del muchacho que asesino a su padre, después de un historial de 20 años de violencia al interior de la familia. Bueno esta ley considera esta opción al comprobarse que actuó en defensa de su madre o de otros integrante de la familia que se encontraba en grave riesgo, esto se considera un exculpante y no hay culpa por eso y faculta al juez para entregar un exculpante si se puede demostrar y adicionalmente obliga al juez a revisar el historial de violencia intrafamiliar, antes de decretar una irreprochable conducta anterior del agresor, lo que antes no se consideraba”.

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